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¿Qué son los regímenes tributarios y cuántos existen en el Perú?
Los regímenes tributarios son categorías bajo las cuales una persona natural o jurídica debe registrar su negocio en la SUNAT.
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Estos regímenes establecen la forma y niveles en los que se pagan impuestos. Va depender del tipo y el tamaño del negocio para ser registrado en uno u otro régimen.
En el Perú, existen 4 regímenes tributarios, los cuales podrás conocer a continuación y elegir el ideal para tu negocio.
Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS)
Tabla de contenidos
Dirigidos a personas naturales quienes iniciarán negocios pequeños como bodega, puesto de mercado, bazar, entre otros. Solo necesitas boleta de venta y puedes acogerte al NRUS si tus ingresos son menores a S/ 8,000 al mes o S/ 96,000.
Ten en cuenta que, al realizar tus compras, debes exigir la emisión de factura, salvo que compres a otras personas que también se encuentran en NRUS. Además no puedes emitir facturas, no necesitas llevar libros contables ni estás obligado a declarar anualmente.
Solo debes realizar un pago único mensual y debes considerar tus ingresos o compras del mes y colocarte en una de estas categorías:
- Categoría 1: ingresos o compras hasta S/ 5,000. La cuota es de S/ 20.00.
- Categoría 2: ingresos o compras hasta S/ 8,000. La cuota es de S/ 50.00.
Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER)
Está dirigido a personas con negocio y personas jurídicas cuyas rentas provengan de actividades de comercio y/o industria, y actividades de servicios.
Solo lleva dos registros contables: compras y ventas. Emite todo tipo de comprobantes de pago y solo presenta declaraciones mensuales.
Además, debes considerar que se tienen restricciones en este régimen:
- Tus ingresos o compras anuales no deben superar los S/ 525,000.
- Tener como máximo 10 trabajadores por turno de trabajo.
- El valor de los activos fijos no debe superar los S/ 126,000 (excepto vehículos y predios).
Al realizar las declaraciones mensuales, se determina el pago de dos impuestos:
- El Impuesto General a las Ventas (IGV) del 18%.
- El impuesto a la renta (el 1.5% sobre tus ingresos netos).
Régimen MYPE Tributario (RMT)
Este régimen está dirigido a micro y pequeñas empresas con el fin de promover su crecimiento. El Régimen MYPE Tributario exige condiciones más simples para cumplir obligaciones tributarias.
Las principales ventajas de este régimen son:
- Montos a pagar de acuerdo a la ganancia obtenida.
- Tasas reducidas.
- Realizar cualquier tipo de actividad económica.
- Emitir todos los tipos de comprobantes de pago.
- Llevar libros contables en función de tus ingresos.
Los contribuyentes excluidos del RMT son aquellos que tienen vinculación directa o indirecta en función de capital y cuyos ingresos netos anuales en conjunto superen las 1700 UIT o S/ 7,820,000.00.
Régimen General (RG)
Dirigido a medianas y grandes empresas que generan rentas de tercera categoría en cualquier profesión. En este régimen no hay límite de ingresos, por tal caso solo debe:
- Elaborar libros contables.
- Elaborar el Estado de Situación Financiera y el Estado de Resultados, los que forman parte de la Declaración Anual, entre otras obligaciones, por lo que se recomienda contar con alguien profesional que pueda ayudarte en estas gestiones.
Como ventaja, puedes desarrollar tu negocio en cualquier actividad y sin límite de ingresos. Si tienes pérdidas económicas en un año, se podrán descontar de las utilidades de los años posteriores e incluso llegar al caso de no pagar Impuesto a la Renta anual.
Se realizan declaraciones mensuales, donde se determina el pago de dos impuestos:
- El Impuesto General a las ventas (IGV) del 18%, y
- El impuesto a la renta (el que resulte mayor de aplicar el coeficiente o 1.5% sobre los ingresos netos mensuales).
CONCLUSIÓN
Si estás a punto de iniciar un negocio, debes tener en cuenta los 4 regímenes tributarios para establecer tu forma y nivel de pago de impuestos.
Recuerda declarar a tiempo tus impuestos y revisar el cronograma de vencimientos mensuales y según el último dígito de tu RUC, además de presentar tu declaración anual cada año.
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