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Retiro 100 % de CTS: ¿Qué pasos debo seguir?


Ley rige de manera exclusiva para el año 2021, a partir del año 2022 se volverá a aplicar la Ley que permite retirar solo el excedente de 4 remuneraciones.

El Gobierno del Perú  publicó la Ley No 31171 que autoriza a los trabajadores disponer del 100% de los depósitos por CTS (compensación por tiempo de servicio) para cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia de la COVID-19. Dicha Ley tiene vigencia hasta el 31 de diciembre del 2021.

Las personas que pueden retirar hasta el 100 % de su CTS son: trabajadores que se encuentren en planilla de la micro, pequeña, mediana y gran empresa, trabajadores de empresas del Estado sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo No 728, trabajadores del hogar y trabajadores agrarios.

Pasos para retirar hasta el 100 % de mi CTS.

La solicitud se realizará de manera remota (vía internet):

1.   Enviar una solicitud a la entidad financiera en donde tienes depositada tu CTS.

2.   Especificar si realizarás el retiro completo o parcial de tu dinero.

3.   Especificar la entidad financiera en donde deberán depositar tu dinero.

4.   La entidad financiera tiene hasta 2 días hábiles para depositar el monto que solicitaste.

Las CTS abonadas en mayo y noviembre sí pueden ser retiradas porque el beneficio de Ley culmina el 31 de diciembre. Es decir, podrás  realizar varios retiros del fondo actual, como también aquellos depósitos de CTS que te realizarán en los meses de mayo y noviembre.

Si tu empleador aún no cumple con el depósito de CTS, se someterá a pago de intereses. El artículo 56 del Decreto Supremo 001-97-TR menciona que “cuando el empleador deba efectuar directamente el pago de la compensación por tiempo de servicios o no cumpla con realizar los depósitos que le corresponda, quedará automáticamente obligado al pago de los intereses que hubiera generado el depósito de haberse efectuado oportunamente y en su caso”

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