Fiestas patrias 2021: ¿Qué días serán feriados y no laborables?

Aquellos trabajadores que presten servicios estos días, se les otorgarán hasta el triple de remuneración. Conoce aquí todos los detalles.

Como se recuerda, en el año 2020, se declaró día no laborable al 29 de julio, con el fin de contribuir a la reactivación económica. Sin embargo, en este año, los días 28 y 29 conservarán su calidad de feriados nacionales para trabajadores del sector público y privado por motivo de fiestas patrias obedeciendo al Decreto Legislativo N° 713. 

¿Cuánto me pagarán si trabajo esos días?

Según el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 713, los trabajadores que laboren los días feriados (28 y 29) tienen derecho a recibir una remuneración ordinaria por el día feriado no laborable, la misma que corresponde a un día de trabajo regular.

Caso 1: 

Por otro lado, aquellos trabajadores que laboren un sólo día feriado y que, además, no tienen descanso sustitutorio al día siguiente, les corresponde el pago de remuneración diaria más una sobretasa del 100 %.

Caso 2:

Aquel trabajador que laboró los dos días feriados (28 y 29) sin descanso sustitutorio, tiene derecho a recibir 3 pagos: una remuneración diaria por el feriado junto a la segunda remuneración por el trabajo realizado más otra remuneración por haber laborado el día feriado. Esto se realizará siempre y cuando no tenga descanso sustitutorio en otro día o previo acuerdo con el empleador.

IMPORTANTE:

Según la Cámara de Comercio de Lima (CCL) el 28 y 29 de julio son considerados feriados laborables remunerados sin obligación de prestar servicios al empleador. Todo lo anterior mencionado aplica a aquellos que trabajan de manera remota

¿Y el 30 de julio?

A pesar de que la Asociación de Hoteles, Restaurantes y afines (Ahora Perú) hizo un pedido para declarar al 30 de julio como día no laborable para impulsar la reactivación de su sector, el Gobierno sólo ha dictado las normas que rigen únicamente a los días 28 y 29 de julio.

Feriado y día laborable: ¿Son lo mismo?

 Muchos piensan que son lo mismo, veamos en qué se diferencian:

Los feriados oficiales son aquellos días descanso que rige para trabajadores del sector público y privado, además no afecta la remuneración e incluso, como se detalló líneas arriba, pueden llegar a recibir una triple remuneración por haber laborado ese día.

Los días no laborables, son aquellos declarados por el Gobierno, pero en el sector público, debe compensarse esas horas no trabajadas. Sin embargo, en el sector privado puede acatarlo según el acuerdo que llegue con su empleador.

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