Gratificación de diciembre: Lo que NO debes hacer

La gratificación es un ingreso extra que reciben los trabajadores de empresas privadas dos veces al año, en julio y diciembre. En el mes de diciembre es común que las familias se preparen para navidad y eso incluye algunos gastos de más, como son la compra de regalos, decoración de la casa o preparativos para la cena de navidad. En casos extremos, las personas no solo realizan más compras de las necesarias, sino que llegan a endeudarse.

Si ese era tu caso, sigue leyendo este artículo que te contaremos a qué debes decirle NO al momento de darle uso a tu gratificación para no perjudicar tu bolsillo.

Como NO utilizar tu grati

–       NO a las ofertas: encontrarás desde promociones, 2×1, descuentos y demás propuestas irresistibles, solo debes recordar que, si no las necesitas, no debes comprarlas.

–       NO a nuevas deudas: aunque tengas deudas o no, ten en cuenta que en el panorama actual es mejor mantener en estado positivo tus finanzas.

–       NO a las compras compulsivas: recuerda que solo Papá Noel tiene permitido dar tantos regalos así que si quieres sorprender a tu familia con algo especial, solo debes comprar lo necesario sin afectar tu presupuesto.

–       NO a excederse con las tarjetas de crédito: esto se debe a que muchas veces al usar la tarjeta de crédito no nos damos cuenta de cuánto estamos gastando.  Y si aún piensas usarla, ten en cuenta estas 5 claves para usar tu tarjeta de crédito esta navidad

Ahora que ya sabes cómo no usar tu grati, te daremos unos consejos que te permitirán sacarle un mejor provecho.

Como SÍ utilizar tu grati

–       SÍ a pagar las deudas: es importante destinar parte de tu gratificación a pagar deudas pendientes, tomando en cuenta la prioridad y los intereses que las deudas pendientes te pueden generar.

–       SÍ a invertir: qué mejor manera de usar tu grati que emprendiendo un negocio. Y si no sabes qué negocio llevar a cabo, aquí puedes ver 5 ideas de negocios para emprender en esta navidad.

–       SÍ a crear un fondo: esto te permitirá estar preparado frente a futuros imprevistos como desempleo o enfermedad.

–       SÍ a la planificación de tus finanzas: realizar un presupuesto de tus ingresos y egresos, sabiendo en qué y cuánto gastarás, te permitirá evitar los gastos hormiga, las compras innecesarias y adquirir deudas.

–       SÍ al ahorro: siempre es bueno ahorrar una parte del dinero en una entidad financiera. Y si deseas realizar tus ahorros en dólares, debes informarte sobre los tipos de cambio que ofrecen los bancos o casas de cambio online antes de realizar esta transacción.

Conclusión:

Todos esperan con ansias la grati y, en muchos de los casos, ya saben lo que harán con ese dinero extra. Lo primordial es priorizar gastos, desde aquellos que son imprescindibles hasta los que pueden esperar un poco más. Así que si tienes deudas, es preferible anteponer ese gasto e ir usando tu dinero sabiamente, sin riesgo de obtener nuevas deudas.

Ten en cuenta: Ahora que sabes lo SI debes y NO debes hacer con tu grati, sacarle el mejor provecho depende de ti. Y si has decidido realizar compras en dólares o solo buscas ahorrar en esta moneda, elige una casa de cambio segura y confiable como Tkambio, donde encontrarás el mejor tipo de cambio. De verdad. 

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Calcula tu Grati: conoce cuánto recibirás esta Navidad

A pocos días de las fiestas navideñas, es importante conocer cuál es el monto aproximado que te corresponderá en la gratificación del mes de diciembre. Para ello, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) ha habilitado el nuevo aplicativo “Calcula tu Grati” para que todos los trabajadores puedan calcular, de forma referencial, la gratificación que su empleador debe abonarles con motivo de la navidad.

Es importante recordar que las gratificaciones son un beneficio social de carácter remunerativo, las cuales se otorgan dos veces al año, en julio y en diciembre, y están sujetos al régimen laboral de la actividad privada.

Esta aplicación o plataforma digital es una herramienta digital que te ayudará a comprender cómo se calcula el monto de tu grati. Ten en cuenta que el plazo de pago de gratificaciones vence este 15 de diciembre.

Para conocer la plataforma digital “Calcula tu Grati” ingresa aquí y te encontrarás con la página de inicio de la SUNAFIL: Calculadora laboral – Gratificaciones.

Al ingresar deberás colocar los datos de tu Documento de Identidad (DNI) así como el número de Registro Único de Contribuyente (RUC) de la empresa donde laboras y otros datos de tus últimas boletas de pago.

Una vez que hayas terminado de llenar tus datos, podrás visualizar el monto aproximado de la gratificación que te corresponde. Además, tienes la opción de imprimir dicha información o enviarla a tu correo electrónico. Conoce más sobre la aplicación Calcula tu Grati en el siguiente enlace: https://youtu.be/vB_-9rWW34k 

¿Quiénes pueden usar Calcula tu grati?

Este aplicativo inteligente está dirigido a todos los trabajadores del sector privado que laboren en pequeñas, medianas y grandes empresas. Sin embargo, los empleados de las microempresas no reciben gratificaciones.

Es importante tener en cuenta que, junto al pago de la gratificación, tu empleador debe darte una bonificación extraordinaria, por lo que la plataforma de SUNAFIL también tomará en cuenta ese cálculo, de acuerdo al tipo de seguro con el que cuente el trabajador. (EsSalud o una Entidad Prestadora de Servicios – EPS)

¿Cuándo puedes usarlo?

Puedes utilizar la herramienta digital para las dos gratificaciones legales que son otorgadas en el mes de julio, por Fiestas Patrias, como en el mes de diciembre, por Navidad.

CONCLUSIÓN

A pocos días para llegar a la fecha límite de pago de gratificaciones, asegúrate del monto aproximado que recibirás a través del aplicativo Calcula tu Grati, y procura darle el mejor uso en estas fiestas navideñas. Recuerda que también puedes invertir o ahorrar tu dinero tanto en soles como en dólares ¡sácale provecho!

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¿Recibiré GRATI en Julio? ¿Cuándo y cuánto se pagará?

Este aporte es una obligación de muchas empresas y un apoyo importante para la canasta familiar de los trabajadores. ¡Aquí te contamos todo lo que debes saber!

La gratificación corresponde a la Ley N° 27735. Los trabajadores del sector privado recibirán, hasta el 15 de julio, un sueldo íntegro por concepto de gratificaciones, además, una bonificación extraordinaria del 9%. En caso de trabajadores afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), la bonificación será del 6.75% del monto de la gratificación de julio.

¿RECIBIRÉ ESTE BENEFICIO?

Los trabajadores que serán beneficiados deberán pertenecer a la actividad privada con plazo fijo, indefinido o parcial que se encuentren sujetos al régimen laboral privado (Decreto Legislativo 728).

ELLOS NO PERCIBIRÁN LA GRATIFICACIÓN:

-Trabajadores que reciben remuneración anual integral porque la gratificación y CTS se encuentran incluidas en dicho pago acordado con el empleador.

 –          Trabajadores de microempresas que fueron contratados después de que su centro de labores se inscribiera en el Remype.

 -Trabajadores independientes que no se encuentran en planilla porque están regulados por el Código Civil-locación de servicios.

¿CUÁNTO ME PAGARÁN?

El pago corresponde a un sueldo íntegro por concepto de gratificaciones, siempre y cuando hayan laborado desde enero a junio sin interrupción. Aquellos que no laboraron el semestre completo (enero – junio), la gratificación será equivalente a un sexto del sueldo por cada mes laborado. Sin embargo, si el trabajador tuviera inasistencias injustificadas, se descontará un treintavo del sexto a percibir.

Los trabajadores de las pequeñas empresas inscritas en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), recibirán medio sueldo de gratificación conforme a la Ley MYPE-TUO DS 013-2013-Produce.

Del mismo modo, si tu centro de labores es considerada microempresa y te contrataron antes de que se inscribieran en la Remype, tienen derecho a medio sueldo de gratificación.

Un dato adicional, el trabajador del Régimen Laboral Agrario percibirá la gratificación siempre y cuando el empleador haya comunicado dentro de los cinco días de iniciada las relaciones laborales si otorgará este beneficio.

OJO CON ESTOS CASOS:

 LICENCIA REMUNERADA

Este periodo es compensable dispuesto por el Decreto de Urgencia 029-2020 y modificatorias debe considerarse como trabajado, sin prejuicio alguno.

REDUCCIÓN DE REMUNERACIONES

En este caso, la gratificación debe calcularse considerando el sueldo anterior y el nuevo. Es necesario señalar que, la Ley N° 9462 (que permite acortar las remuneraciones) indica que, no debe afectar el sueldo mínimo ni los derechos adquiridos por los trabajadores.

TRABAJO REMOTO

Todo aquel que preste servicios de teletrabajo y se encuentre en planilla, es apto para este beneficio.

SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES

Los días o meses no laborados por esta condición conforme al Decreto de Urgencia 038-2020, no se contabilizarán para recibir la gratificación. El centro de labores solo deberá considerar los días y meses trabajados excluyendo el periodo de suspensión perfecta de labores.

TRABAJADORES AFECTADOS POR LA COVID-19

Sí se considerarán los días de descanso médico como laborados por el trabajador. Por lo tanto, no afectará esta condición al monto total que recibirás por gratificación.

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